La Asociación Profesional de Traductores e Intérpretes Jurados (APTIJ) presentó hace aproximadamente un año una queja formal ante el Defensor del Pueblo, denunciando el mal funcionamiento  de los servicios de traducción e interpretación judicial y policial en nuestro país.

Dicha queja, apoyada por otras 16 asociaciones de traductores e intérpretes y 25 universidades españolas, denuncia que la externalización del servicio, realizada únicamente en base al precio y no atendiendo al cumplimiento de los requisitos técnicos, ha provocado una precarización de los profesionales dedicados a este servicio e incluso que algunas empresas designen a personas que no cuentan con la cualificación necesaria o con antecedentes penales.

Según la APTIJ Esta falta de cualificación pone en serio riesgo el acceso a la justicia por parte de las víctimas y atenta contra los derechos de defensa y de traducción e interpretación de los encausados, vulnerando así el derecho a un juicio justo”.

 

traductores e intérpretes jurados

 

El tiempo ha transcurrido desde esa queja formal, pero no ha habido novedades por parte de las administraciones al respecto. Los problemas en el servicio judicial de estos “traductores e intérpretes” que no están realmente cualificados se siguen produciendo, llegando muchas veces a copar titulares en la prensa como estos:

La figura de los traductores e intérpretes jurados está regulada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, quien cada año convoca un examen de conocimientos tanto del idioma al que se opta a ser traductor jurado, como de contenidos jurídicos. Este examen habilita a aquellos que lo aprueban para realizar traducciones de carácter oficial, es decir, con validez legal tanto en España como en el extranjero.

Sin embargo la profesión de intérprete judicial no está regulada en España, por lo que no existen requisitos de cualificación exigibles. Ni el Ministerio de Justicia ni los gobiernos regionales de aquellas comunidades donde están transferidas las competencias en materia de justicia supervisan el servicio prestado por las empresas adjudicatarias de este servicio, lo que contribuye a la falta de rigurosidad a la hora de la designación y nombramiento de los intérpretes para los juicios y la consecuente mala calidad de los servicios ofrecidos.

En traducciones TRIDIOM, siempre que nuestros clientes requieren un intérprete para un trámite judicial, contamos con los traductores e intérpretes jurados de la localidad, en vista de ofrecer el servicio de mejor calidad a la tarifa más ajustada.

 

traductores e intérpretes jurados

 

Con el fin de facilitar información al ciudadano, la Oficina de Interpretación de Lenguas, máximo órgano de la Administración del Estado en materia de traducción e interpretación de lenguas, elabora y publica un Listado de todos los Traductores e Intérpretes Jurados que han sido nombrados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, con indicación del idioma o idiomas para cuya traducción e interpretación han sido habilitados.

En traducciones TRIDIOM trabajamos habitualmente con esta lista, por lo que podemos decir que es un sistema muy poco útil y bastante anticuado, que de hecho dificulta mucho la búsqueda de intérpretes jurados por parte de ciudadanos particulares.

En nuestra opinión el problema empieza porque el listado es literalmente un enorme documento PDF que no tiene filtro de búsquedas, así que para localizar el idioma y localidad que buscamos tendremos que dedicar al menos 10 minutos a bajar con el ratón del ordenador hasta dar con la página buscada. Nos encantaría decir que tampoco tiene un índice automático o referenciado, pero es que ni siquiera tiene índice.  Parece mentira que en la era de la tecnología no puedan proveer de una sencilla base de datos con un filtro de búsqueda.

Otro problema es que no se actualizan los datos, simplemente se van añadiendo los nuevos habilitados. Esto significa que una vez encuentres la página del idioma que necesitas en la localidad donde lo necesitas, cuando empieces a contactar con los traductores puede que el teléfono o email ya no estén activos, o que ya no residan en esa localidad. Si los datos están desactualizados, la herramienta pierde toda su utilidad.

Por último, algunos traductores e intérpretes jurados no realizan trabajos de interpretación sino que se dedican sólo a la traducción, incluso algunos tienen trabajos en otros sectores y no se dedican a ninguna de las dos tareas, pero nadie los elimina del listado.

Queremos, unirnos a la queja de APTIJ y dar visibilidad a la imperante necesidad de reformar tanto la normativa como la gestión de los traductores e intérpretes jurados y judiciales para conseguir un servicio mejor y más justo para los ciudadanos y para los profesionales.